Barquisimeto · Estado Lara

Cálculo de prestaciones sociales, utilidades y vacaciones en Barquisimeto

Los pasivos laborales son de las obligaciones más sensibles de una empresa: un cálculo incorrecto de prestaciones, utilidades o vacaciones puede terminar en un reclamo ante la Inspectoría del Trabajo o en un juicio laboral.

Calculamos cada concepto conforme a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), con un detalle que permite al patrono pagar lo justo y al trabajador verificar lo que recibe. Como nuestro socio director es también abogado, podemos acompañarle si la liquidación deriva en un reclamo.

¿Qué incluye el servicio?

  • Prestaciones sociales

    Garantía trimestral, días adicionales por antigüedad y recálculo final según el artículo 142 de la LOTTT.

  • Utilidades

    Participación en los beneficios o bonificación de fin de año, dentro de los límites de ley.

  • Vacaciones y bono vacacional

    Días de disfrute y bono según la antigüedad del trabajador.

  • Liquidación final

    Todos los conceptos que corresponden al terminar la relación de trabajo.

¿Para quién es?

  • Empresas que liquidan a un trabajador
  • Patronos que quieren provisionar correctamente sus pasivos laborales
  • Trabajadores que desean verificar su liquidación

Cálculos Laborales

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan las prestaciones sociales en Venezuela?

Según el artículo 142 de la LOTTT, el patrono deposita como garantía 15 días de salario por cada trimestre y, después del primer año, 2 días adicionales por año, acumulativos hasta 30. Al terminar la relación se recalcula a razón de 30 días por año de servicio con el último salario, y el trabajador recibe el monto que resulte mayor.

¿Cuántos días de utilidades corresponden por ley?

La LOTTT establece un mínimo de 30 días de salario y un máximo de 4 meses por concepto de utilidades o bonificación de fin de año.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Al cumplir un año de trabajo corresponden 15 días hábiles de vacaciones remuneradas, más un día por cada año adicional de servicio, hasta 15 días hábiles adicionales. El bono vacacional es de 15 días de salario más un día por cada año, hasta 30 días.

¿Pueden ayudarme si hay un reclamo laboral?

Sí. Además del cálculo, nuestro socio director es abogado y puede asesorarle en el procedimiento ante la Inspectoría del Trabajo.

¿Tiene otra pregunta? Escríbanos y le respondemos directamente.